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Elimina CNSS requisitos devolución aportes afiliados enfermedad terminal
Escrito el 21 jun 2022
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Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) eliminó los requisitos para que los afiliados al Sistema de Capitalización Individual del Régimen Contributivo con enfermedades terminales puedan retirar sus aportes de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Mediante la Resolución 545-01, del martes 14 de junio del 2022, la entidad dispuso el término a utilizar por los médicos dominicanos en los diagnósticos de pacientes con pronóstico de enfermedad en etapa terminal y se amplió el concepto para que no excluya a nadie con esta situación
Esta disposición del Consejo agilizará los trámites de los afiliados en esta condición para que puedan contar con estos recursos económicos en un momento de gran impacto económico y emocional, tanto para el paciente como para los familiares.
La devolución de estos aportes acumulados realizados al Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia se entregará a los afilados que se encuentren en la etapa final de su vida, producto de una enfermedad terminal, sin importar la edad, siempre y cuando se encuentren debidamente evaluados y calificados por las comisiones médicas del CNSS, y autorizados por la Superintendencia de Pensiones (SIPEN).
La resolución del órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social establece que se hará entrega de estos recursos sin perjuicio de que se encuentren recibiendo algún otro beneficio contemplado en el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia.
Se instruye a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), que en un plazo máximo de 45 días calendarios, realizar los ajustes necesarios, a fin de garantizar que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) puedan validar que los afiliados solicitantes de estos beneficios se encuentren cesantes.
Además, el CNSS solicita a la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), en un plazo máximo de 45 días calendarios, a elaborar los procedimientos administrativos correspondientes.
El CNSS es la entidad del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) responsable de realizar los ajustes necesarios al marco normativo, atendiendo a las problemáticas observadas en el desarrollo del sistema que permitan evolucionar y responder a las necesidades y realidades de su población.
Mediante la Resolución 545-01, del martes 14 de junio del 2022, la entidad dispuso el término a utilizar por los médicos dominicanos en los diagnósticos de pacientes con pronóstico de enfermedad en etapa terminal y se amplió el concepto para que no excluya a nadie con esta situación
Esta disposición del Consejo agilizará los trámites de los afiliados en esta condición para que puedan contar con estos recursos económicos en un momento de gran impacto económico y emocional, tanto para el paciente como para los familiares.
La devolución de estos aportes acumulados realizados al Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia se entregará a los afilados que se encuentren en la etapa final de su vida, producto de una enfermedad terminal, sin importar la edad, siempre y cuando se encuentren debidamente evaluados y calificados por las comisiones médicas del CNSS, y autorizados por la Superintendencia de Pensiones (SIPEN).
La resolución del órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social establece que se hará entrega de estos recursos sin perjuicio de que se encuentren recibiendo algún otro beneficio contemplado en el Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia.
Se instruye a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), que en un plazo máximo de 45 días calendarios, realizar los ajustes necesarios, a fin de garantizar que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) puedan validar que los afiliados solicitantes de estos beneficios se encuentren cesantes.
Además, el CNSS solicita a la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), en un plazo máximo de 45 días calendarios, a elaborar los procedimientos administrativos correspondientes.
El CNSS es la entidad del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) responsable de realizar los ajustes necesarios al marco normativo, atendiendo a las problemáticas observadas en el desarrollo del sistema que permitan evolucionar y responder a las necesidades y realidades de su población.