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Perez Modesto valora promulgación ley crea instituto riesgos laborales
Escrito el 02 oct 2019
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El gerente general del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Rafael Pérez Modesto, valoró la promulgación de la Ley 379-19, que crea el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), adscrito al Ministerio de Trabajo.
“Dicha ley promulgada ayer por el Poder Ejecutivo disuelve el Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) y convierte a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) en instituto, lo que representa un cambio en la organización y operatividad de riesgos laborales”, dijo el funcionario.
Pérez Modesto ponderó la iniciativa del presidente Danilo Medina de remitir dicha propuesta al Poder Legislativo, la cual fue conocida por la comisión bicameral del Congreso Nacional y aprobada por el Poder Ejecutivo con rapidez. Enfatizó que dicha decisión fortalece al Sistema y beneficia a la población.
Resaltó que adicional a los actuales beneficios esta modificación de la Ley 87-01 ampliará la cobertura, incluyendo gastos funerarios para los afiliados al Seguro de Riesgos Laborales Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
Dio a conocer que con la promulgación de la Ley 379-19, en lo adelante las pensiones a sobrevivientes serán de un 100% del salario cotizable de los últimos dos años del afiliado al Seguro de Riesgos Laborales que fallezca.
Dijo que la ley modifica el tope mínimo del grado de discapacidad para fines de recibir indemnización del Seguro de Riesgos Laborales que se reduce de un 15% a un 5%, con esta medida se lograría que más trabajadores reciban estas prestaciones por la discapacidad sufrida en su trabajo.
Informó que la institución contará con un Consejo Directivo presidido por el Ministerio de Trabajo e integrado por el sector empleador, laboral y la dirección ejecutiva del IDOPPRIL.
La Ley 379-19 tendrá como propósito la administración y pago de las prestaciones del Seguro de Riesgos Laborales del SDSS, la contratación de servicios de salud para la atención de afiliados por enfermedades producto del trabajo y accidentes laborales, la promoción sobre prevención y control de los riesgos laborales y la promoción del estudio, conocimiento y atención integral de la salud de los trabajadores.
Recordó que dicha aprobación incluye que las estancias infantiles del IDSS sean administradas por el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI) y que los afiliados al seguro de salud de dicha entidad pasen al Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), manteniendo la antigüedad con las garantías de sus derechos. Los empleados de las empresas privadas podrán optar por otra ARS de su preferencia, tienen tres meses de plazo.
“Este cambio en las estancias infantiles representa un impulso cualitativo y cuantitativo en el servicio que ofrecen a los hijos de los afiliados al Sistema desde 45 días de nacidos hasta los 5 años de edad, reciben alimentación, educación, estimulación temprana, actividades de desarrollo psico-social y recreativo”, manifestó.
“Dicha ley promulgada ayer por el Poder Ejecutivo disuelve el Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) y convierte a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) en instituto, lo que representa un cambio en la organización y operatividad de riesgos laborales”, dijo el funcionario.
Pérez Modesto ponderó la iniciativa del presidente Danilo Medina de remitir dicha propuesta al Poder Legislativo, la cual fue conocida por la comisión bicameral del Congreso Nacional y aprobada por el Poder Ejecutivo con rapidez. Enfatizó que dicha decisión fortalece al Sistema y beneficia a la población.
Resaltó que adicional a los actuales beneficios esta modificación de la Ley 87-01 ampliará la cobertura, incluyendo gastos funerarios para los afiliados al Seguro de Riesgos Laborales Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
Dio a conocer que con la promulgación de la Ley 379-19, en lo adelante las pensiones a sobrevivientes serán de un 100% del salario cotizable de los últimos dos años del afiliado al Seguro de Riesgos Laborales que fallezca.
Dijo que la ley modifica el tope mínimo del grado de discapacidad para fines de recibir indemnización del Seguro de Riesgos Laborales que se reduce de un 15% a un 5%, con esta medida se lograría que más trabajadores reciban estas prestaciones por la discapacidad sufrida en su trabajo.
Informó que la institución contará con un Consejo Directivo presidido por el Ministerio de Trabajo e integrado por el sector empleador, laboral y la dirección ejecutiva del IDOPPRIL.
La Ley 379-19 tendrá como propósito la administración y pago de las prestaciones del Seguro de Riesgos Laborales del SDSS, la contratación de servicios de salud para la atención de afiliados por enfermedades producto del trabajo y accidentes laborales, la promoción sobre prevención y control de los riesgos laborales y la promoción del estudio, conocimiento y atención integral de la salud de los trabajadores.
Recordó que dicha aprobación incluye que las estancias infantiles del IDSS sean administradas por el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (INAIPI) y que los afiliados al seguro de salud de dicha entidad pasen al Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), manteniendo la antigüedad con las garantías de sus derechos. Los empleados de las empresas privadas podrán optar por otra ARS de su preferencia, tienen tres meses de plazo.
“Este cambio en las estancias infantiles representa un impulso cualitativo y cuantitativo en el servicio que ofrecen a los hijos de los afiliados al Sistema desde 45 días de nacidos hasta los 5 años de edad, reciben alimentación, educación, estimulación temprana, actividades de desarrollo psico-social y recreativo”, manifestó.