En la actualidad, la aplicación de los principios de Responsabilidad Solidaria y la Responsabilidad Civil en el ámbito laboral se están haciendo cada vez más frecuentes. Es por ello que el titular de un predio es quien debe administrar y gestionar el riesgo por cuenta propia y no cederlo a un contratista el cual tiene otra función en la cadena productiva: dedicarse a trabajar y entregar sus obras a tiempo y sin costos extras.
Frente a esta realidad, las aseguradoras más actualizadas vienen desarrollando con éxito Programas de Seguros para Contratistas. Estos programas abarcan desde Beneficios para Empleados, como el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo y el Vida Ley, hasta seguros de Responsabilidad Civil, Trec, CAR, etc.
Uno de los principales seguros es el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, también conocido como SCTR. Este ofrece dos coberturas principales, tanto por Salud como por Pensión, destinado a los trabajadores cuyas actividades laborales se incluyan dentro del Anexo 5 del DS 003 98 SA. La pesca, la explotación de minas de carbón, la fabricación de textiles y la construcción de maquinarias son algunas de las actividades cubiertas por este seguro.
Para aquellos asegurados que sufran un accidente de trabajo o enfermedad profesional que le originen lesiones más graves, incapacitantes o la muerte, existe todo un conjunto de beneficios bajo el amparo de las pólizas del SCTR Pensión. Entre los beneficios se pueden hallar los gastos de sepelio, pensiones vitalicias e indemnizaciones.
Bajo el amparo de las pólizas de Salud, el trabajador que sufra un accidente de trabajo o enfermedad profesional tiene cobertura por gastos de curación al 100%, es decir, no realiza pago alguno bajo esta póliza.
Otro de los principales seguros está el Vida Ley (en los países donde aplica). Este es un Seguro de Vida que se debe contratar en forma obligatoria para los trabajadores, luego de cuatro años de servicio. Sin embargo, como empleador, se tiene la posibilidad de adquirirlo a partir de los tres meses o del primer día de servicios del trabajador.
En conclusión, en un ambiente donde las empresas y personas naturales están permanentemente expuestas a diferentes riesgos, es fundamental encontrar mecanismos que se adecúen a las posibilidades empresariales, a las necesidades de los colaboradores y a las estrategias holísticas de la organización contratante, con el objetivo de que mitiguen las consecuencias de aquellos eventos que podrían causar perjuicios a terceros.