SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El gerente general del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Rafael Pérez Modesto, valoró la entrega de las primeras 1,176 pensiones solidarias del régimen subsidiado otorgada por el Poder Ejecutivo mediante el decreto 435-19 del 5 de diciembre 2019.Dijo que el inicio de las Pensiones Solidarias es unas de las decisiones más trascendentes que se han tomado en el Sistema Dominicano de Seguridad Social, en cuanto a protección social se refiere.
Detalló que las personas, incluidas en el decreto se beneficiarán con una pensión mensual de 6,000 pesos dominicanos. En esta ocasión, además del pago del mes de diciembre, recibirán el correspondiente a la regalía Pascual.
“El Gobierno inició este año la entrega de las Pensiones Solidarias, con una inversión de 500 millones de pesos lo que representa un importante paso de avance para el Sistema y la reducción de la pobreza en el país”, manifestó.
Recordó que las entregas de dichas pensiones fueron anunciadas el 27 de febrero 2019 por el Presidente de la República, Danilo Medina Sánchez en su discurso de rendición de cuentas lo que evidencia el compromiso del Estado como garante del adecuado funcionamiento del Sistema Previsional, de su desarrollo, evaluación y readecuación periódica.
Resaltó que el tema estuvo rezagado por años y producto del trabajo realizado por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y su Gerencia General en conjunto con las entidades que inciden en el tema, se logró un consenso entre los sectores que dio como resultados la aprobación de la resolución No. 484-01 del 13 de noviembre 2019 que dispone el otorgamiento de Pensiones Solidarias.
La resolución establece que las pensiones solidarias serán entregadas a personas con discapacidad severa, madres solteras desempleadas con hijos menores de edad y a envejecientes en condiciones de indigencia.
Asimismo, que el otorgamiento de dichas pensiones solidarias está contenido en el Plan de Gobierno para el período 2016-2020 al tiempo que se da cumplimiento al de dar cumplimiento al artículo 63 de la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
El funcionario explicó que el plan de acción para el inicio de las Pensiones Solidarias fue elaborado por la Comisión Interinstitucional en aplicación del protocolo para la distribución de elegibles por Municipio y Distrito Municipal, considerando la pobreza general e Índice de Calidad de Vida del el Sistema Único de Beneficiarios (SIUBEN). Al tiempo que resaltó la transparencia del proceso de selección.
Asimismo, establece facultar a la Comisión Interinstitucional a continuar el trabajo coordinado para el otorgamiento de las Pensiones Solidarias, a partir del Formulario levantado en la Base de Datos de elegibles, previamente filtrada y cruzada con el SUIR, el SIUBEN y depurada finalmente por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP) del Ministerio de Hacienda, a fin de emitir el Decreto para el otorgamiento de la Pensión correspondiente.
La resolución dispone la asignación y concesión de las pensiones solidarias en el Plan Piloto, de manera transitoria y a fin de iniciar su entrega, se tomará en cuenta la base de datos de las personas registradas en el Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE), del Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad (CONADIS) y del Programa Quisqueya sin Miseria de la Dirección General de Programas Especiales de la Presidencia (DIGEPEP), las cuales serán cruzadas con el Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR) y el SIUBEN para emitir el listado de elegibles.