El seguro de manifestaciones y garantías (Warranty & Indemnity, en inglés) “es un producto que funciona”. Así lo aseveró Javier Goizueta, Practice Leader de Private Equity y M&A de MARSH en Iberia, ayer durante la presentación del informe Transactional Risk Insurance Claims Study. Para muestra, unas cifras: desde 2016 hasta la fecha, MARSH JLT SPECIALTY ha cerrado con éxito el pago de más de 100 millones de dólares en reclamaciones en EMEA. En los últimos 10 años, de las reclamaciones cerradas por el bróker, el 84% de las presentadas ante las aseguradoras se pagaron.
El informe, desarrollado por el equipo de M&A de MARSH JLT SPECIALTIES en Europa, Oriente Medio y África (EMEA) desde 2009, pone de relieve que la mayor parte de las reclamaciones pertenece a las operaciones de mayor envergadura, con cerca del 17% de ellas recibidas sobre deals de más de 1.000 millones de dólares, los cuales representan cerca del 5% de operaciones con seguro. Según la experiencia del bróker, esta cifra se debe a la mayor complejidad de este tipo de operaciones, lo que aumenta la probabilidad de que algunas contingencias no se detecten durante la Due Diligence. La exposición al riesgo en las organizaciones más grandes es generalmente más alta por los múltiples regímenes legales, regulatorios, fiscales y contables en los que operan estas compañías. En cambio, las operaciones de menos de 50 millones de dólares tienen menos notificaciones en relación a las pólizas colocadas; “éstas tienden a ser negocios más simples y predominan las operaciones de Real Estate”, añadió Goizueta.
La mayor parte de las reclamaciones pertenece a las operaciones de mayor envergadura, con cerca del 17% de las reclamaciones recibidas sobre deals de más de 1.000 millones de dólares, los cuales representan cerca del 5% de operaciones con seguro. No obstante, según el informe del bróker, esta cifra se debe a la mayor complejidad de este tipo de operaciones, “lo que aumenta la probabilidad de que algunas contingencias no se detecten durante la Due Diligence”, remarcó Goizueta.
Del mismo modo, la exposición al riesgo en las organizaciones más grandes es generalmente más alta dados los múltiples regímenes legales, regulatorios, fiscales y contables en los que operan estas compañías. En cambio, las operaciones de menos de 50 millones de dólares, tienen menos notificaciones en relación a las pólizas colocadas; “éstas tienden a ser negocios más simples y predominan las operaciones de Real Estate”, matiza.
De las reclamaciones presentadas y no aceptadas, el 89% estaban fundamentadas en las exclusiones de la póliza contratada y, de dicho porcentaje, casi la mitad versaban sobre hechos conocidos por el comprador con anterioridad a la compra (este tipo de seguros excluyen el conocimiento del asegurado). El restante 11% de rechazos se ha debido a que no ha existido un perjuicio económico derivado del incumplimiento. Por último, subraya el informe, la mayor parte de las reclamaciones recibidas hasta la fecha son por incumplimiento de manifestaciones de ámbito Fiscal (31%), siguiéndole de cerca Estados Financieros (23%) y Cumplimiento Normativo (14%).
EL PECULIAR MERCADO IBÉRICO
La penetración de este producto en España y Portugal es relativamente baja, pero con perspectiva de seguir creciendo. “Esta situación es por algo muy sencillo, explicó Javier Goizueta, ya que respecto a otras regiones con mayor tradición en su uso como Reino Unido, Centroeuropa o los países nórdicos, la experiencia siniestral del producto es menor en Iberia, habiéndose recibido un porcentaje de notificaciones respecto a pólizas contratadas de menos de un tercio de la media de Europa”.
“Este aspecto entendemos que es una distorsión derivada de que la mayor parte de las pólizas contratadas, cuyo plazo de cobertura puede durar hasta 7 años con carácter general, aún se encuentran en vigor y por tanto son susceptibles de recibir futuras notificaciones que aumenten el ratio de reclamaciones”, afirmó el directivo.
“En cuanto al tipo de incumplimientos, en Iberia observamos reclamaciones derivadas de incumplimientos de manifestaciones fiscales, cumplimiento contractual, garantías laborales, cumplimiento normativo o derechos de propiedad intelectual entre otros”, concluyó Goizueta.